Kit Digital
Factura electrónica

Solución para tener digitalizado todo el flujo de emisión de las facturas a tus clientes integrado con a3ERP

Solución factura electrónica integrado con a3ERP

  • Facturas en formato estructurado: tendrás la posibilidad emitir facturas en formatos estructurados, al menos en formato FACTURA-E, para facilitar su tratamiento automatizado.
  • Facturas ilimitadas: podrás emitir un número ilimitado de facturas.
  • Clientes ilimitados: tendrás la capacidad de enviar facturas a un número ilimitado de clientes.
  • Productos o servicios ilimitados: podrás crear un número ilimitado de productos y/o servicios facturables dentro del catálogo.
  • Envío de facturas por correo electrónico: la solución implantada por el Agente Digitalizador de tu elección te posibilitará enviar facturas directamente por correo electrónico.
  • Personalización de facturas: las facturas serán personalizables, incluyendo la selección de tu logotipo.
  • Copia de seguridad periódicas: podrás realizar copias de seguridad, con posibilidad de una periodicidad diaria.
  • 1GB Almacenamiento/Histórico de facturas: tendrás un almacenamiento de, al menos, 1GB para las facturas.
  • Integración con otras soluciones: la solución deberá disponer de APIs o Web Services para su integración con otras herramientas, así como permitir la carga de datos de manera manual.
  • Control de vencimiento de las facturas: tendrás un sistema de control del vencimiento de las facturas.
  • Cumplimiento: podrás asegurar el cumplimiento de la normativa aplicable, en concreto el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación del Real Decreto 1619/2012, así como cualquier normativa de aplicació.

Precio

Incluye
1 usuario

Importe máximo de las ayudas en la categoría de factura electrónica

0 < 3 empleados
1.000€  (1 usuario) 
3 < 9 empleados
2.000€  (3 usuarios) 
10 < 50 empleados
1.000€  (3 usuarios) 
50 < 100 empleados
4.000€  (6 usuarios) 
100 < 250 empleados
3.000€  (6 usuarios) 

Consulta los requisitos de las empresas beneficiarias para acceder a los bonos

  • Para segmentos I, II y III debe ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo de conformidad con las definiciones del Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 (empresa que ocupe a menos de 50 personas y con un volumen de negocios anual o con un balance general anual que no supere los 10 millones €)
  • No estar en situación de empresa en crisis.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad social.
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en la Ley General de Subvenciones.
  • Estar en situación de alta en el censo de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  • No estar sujeto a ninguna orden de recuperación pendiente después de una decisión previa de la Comisión Europea.
  • No superar el límite de ayudas de minimos.
  • Cumplir con los límites financieros y efectivos que definen las diferentes convocatorias.
  • Estar registrado en Acelera Pyme y disponer de la evaluación de Madurez Digital de acuerdo con el Test de Diagnóstico Digital disponible en la plataforma Acelera Pyme. (https://acelerapyme.gob.es/kit-digital // Autodiagnóstico)

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